Resolucion 1/07 – Clasificación de Riesgos de Créditicios y Constitución de Previsiones

Post Riesgo de Crédito Temas Tipos

Nota Técnica No. 1 -  Alcance y Responsabilidad del Directorio y la Alta Gerencia 

Alcances de la norma

  • Adecuar la Clasificación/Calificación de Clientes de la Cartera de Créditos, a fin de que un eventual error en la Creación del Perfil (Tipos de Deudores: Grandes, Medianos y Pequeños Deudores, Deudores Personales, etc.) de los mismos no genere Pérdidas por Constitución de Previsiones.
  • En el proceso indicado anteriormente y con la aplicación correcta de los conceptos inherentes a la normativa (tipos de deudores), la misma permitirá finalmente a la Entidad de Crédito:
  1. Obtener de sus clientes las documentaciones e informaciones requeridas para su correcta clasificación, a fin de que la falta de las mismas no las desmejore y consecuentemente origine constitución indebida de previsiones.
  2. Realizar los respectivos Análisis Cualitativos y Cuantitativos de Clientes de la Cartera de Créditos, en base a los Factores indicados en la normativa.
  3. Gerenciar mecanismos más efectivos para la Evaluación de Cartera de Créditos de la Entidad, en términos de Calidad y Rentabilidad.

Responsabilidad del Directorio y la Alta Gerencia

En cuanto a los niveles de Responsabilidad inherentes al cumplimiento de la normativa, la misma compromete formalmente  a los:

  • Directivos,
  • Gerentes Generales y Similares de las Entidades de Crédito,
  • Organismos de Control Interno,

En  todo lo relacionado al establecimiento de los mecanismos adecuados para la medición de los riesgos y al establecimiento formal de las políticas, criterios y procedimientos adecuados para una valoración y Clasificación  de Clientes de la Cartera de Créditos.

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